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Última actualización en 11 Junio 2026

TRABAJO ADOLESCENTE PROTEGIDO
Si tenés 16 o 17 años podés trabajar legalmente
La Ley 26.390 indica que un/a adolescente a partir de los 16 años puede trabajar con la autorización de padre, madre, responsables o tutores/as en tareas que no sean penosas, peligrosas e insalubres y en una jornada de seis horas diarias entre las 6hs. y las 20hs.
Por tratarse de Trabajo Adolescente, está protegido: tenés derechos especiales.
Derechos del trabajador/a adolescente:
- Trabajar máximo 6hs por día
- Trabajar máximo 36hs semanales (para trabajo urbano) o 32hs semanales (para trabajo rural)
- Tener 15 días de vacaciones al año
- Tener un descanso de 2 horas al mediodía en caso de jornada completa
- La misma remuneración que un adulto por igual tarea y cantidad de horas trabajadas
- Realizar reclamos administrativos y judiciales por conflictos laborales
- Afiliarse a un sindicato
- Estar protegido ante riesgos del trabajo
- Continuar con la educación obligatoria (Ley Nº 26.206 de Educación Nacional)
Está prohibido:
- Realizar trabajos penosos, peligrosos e insalubres (listado de tareas penosas: Decreto 1117/2016
- Realizar horas extras
- Trabajar en horario nocturno (entre las 20hs y las 6hs, en caso del trabajo urbano; y entre las 20hs y las 5hs, en caso de trabajo rural)
TRÁMITE PARA AUTORIZAR TRABAJO ADOLESCENTE:
Si sos empleador, y querés contratar a un trabajador/a de 16 o 17 años tenés que:
- Solicitar la Clave de Alta Temprana (CAT) en AFIP previamente a su incorporación.
- Afiliar al trabajador adolescente a la obra social correspondiente.
- Garantizar que el/la adolescente continúe y/o termine la escuela (por ejemplo, solicitando certificado de alumno regular periódicamente y garantizando que el horario de trabajo no se superponga con el horario escolar).
- Tener en tu poder la Autorización de Trabajo Adolescente, que el adolescente tiene que tramitar en la Delegación del Ministerio de Trabajo más cercana. Deberás presentar esta autorización en caso de que acuda un inspector al lugar de trabajo.
Si tenés 16 o 17 años y querés trabajar, tenés que:
- Presentarte con tu padre, madre o adulto responsable en la elegación del Ministerio de Trabajo más cercana a tramitar la Autorización de Trabajo Adolescente.
Allí se labrará un acta en donde constarán tus datos, los datos del padre, madre o responsable, los de la empresa para la cual se extiende la autorización, los días y horarios de trabajo y las tareas a desarrollar durante una jornada laboral tipo. También se certificará la firma de tus adultos responsables.
IMPORTANTE: al finalizar, te entregarán una copia del acta que deberás llevar a tu empleador. El empleador debe presentarla en caso de que acuda un inspector al lugar de trabajo para dar cuenta de que estás trabajando legalmente.
Para esto, debés presentarte en la Delegación con la siguiente documentación:
- DNI del/de la joven (original y copia)
- DNI de su padre, madre o responsable que va a autorizar (original y copia)
- partida de nacimiento del/de la joven para acreditar el vínculo (original y copia)
Descargar el acta de autorización de Trabajo Adolescente desde aquí.
Para más información dirigirse a la Delegación del Ministerio de Trabajo más cercana.
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Instructivo de Autorización Trabajo Adolescente